Trámites y apoyos
- Autoría:
- Equipo editorial Alebrije
- Revisión médica:
- Dr. Sergio Moreno Jiménez, neurocirujano (neurooncología y radiocirugía)
- Revisado:
- 2026-09-27
- Próxima revisión:
- 2027-09-27
- Audiencia:
- Familiares y cuidadores
- Tiempo de lectura:
- 4 min de lectura
En 30 segundos
- Además de la enfermedad, hay trámites: licencias, documentos, seguros y apoyos. Conocerlos a tiempo evita problemas.
- Si eres madre o padre de una niña o niño con cáncer, puedes tener derecho a una licencia con goce parcial de sueldo.
- Trabajo social del hospital es tu mejor aliado para orientarte.
Si tu hijo o hija menor de 16 años tiene cáncer
Si estás afiliado al IMSS: licencia 140 Bis
- Es una licencia para madres o padres trabajadores de niñas y niños de hasta 16 años con diagnóstico de cualquier tipo de cáncer.
- Cada licencia dura de 1 a 28 días y se puede renovar, hasta 364 días en un periodo de 3 años, sin necesidad de que sean seguidos.
- Durante la licencia recibes un subsidio del 60 % de tu salario registrado.
- Requisito: haber cotizado al menos 30 semanas en los 12 meses anteriores al diagnóstico, o 52 semanas seguidas antes de la licencia.
- Se tramita en la unidad del IMSS donde se atiende a tu hijo o hija, o en los servicios digitales del IMSS (se abre en otra pestaña).
Si estás afiliado al ISSSTE
Existe una licencia y subsidio similares por cuidados médicos oncológicos para trabajadores del Estado. Pregunta en tu unidad o en tu área de recursos humanos.
Si no tienes seguridad social
- Tienes derecho a atenderte en los servicios públicos de salud: IMSS-Bienestar (se abre en otra pestaña), los servicios de salud de tu estado o los institutos nacionales de salud, según dónde vivas y a dónde te refieran.
- Pregunta a trabajo social qué servicios te corresponden, si hay algún costo en tu caso y qué apoyos existen.
Documentos importantes
- Resumen clínico: tienes derecho a solicitar un resumen de tu expediente médico. Pídelo por escrito en el hospital; te servirá para segundas opiniones, trámites y cambios de institución.
- Estudios: guarda discos, enlaces e informes de imágenes y de patología.
- Incapacidades y licencias: guarda copias de todas.
- Recetas y comprobantes: útiles para seguros y deducciones.
Ten todo en una carpeta. Revisa "Organizar el cuidado".
Decisiones y representación
- Para trámites sencillos, muchas instituciones aceptan una carta poder firmada por el paciente y dos testigos.
- Para decisiones sobre bienes o asuntos importantes, puede necesitarse un poder notarial, que debe hacerse mientras la persona puede decidir.
- Voluntad anticipada: documento para dejar por escrito las decisiones sobre la atención médica. Revisa "Cuidados paliativos y calidad de vida".
- Si tu ser querido ya no puede tomar decisiones, busca asesoría legal. Las reglas han cambiado en los últimos años y dependen de cada caso.
Otros apoyos
- Asociaciones: algunas ofrecen alojamiento, traslados, medicamentos o apoyo psicológico, sobre todo para niñas y niños. Revisa la sección Apoyo.
- Albergues: algunos hospitales tienen o conocen albergues para familias que vienen de otras ciudades.
- Discapacidad: si hay una discapacidad permanente, pregunta por la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad y sus requisitos en tu estado.
- Seguro de gastos médicos privado: pide autorización antes de estudios y tratamientos, y guarda todas las facturas.
Trabajo del paciente
Si la persona con el tumor trabaja, revisa el artículo "Vida diaria y trabajo": incapacidades, pensión por invalidez y derechos laborales.
Cuidado con los abusos
- Desconfía de personas que ofrecen "agilizar" trámites a cambio de dinero.
- Si organizas una colecta para gastos médicos, sé transparente con el uso del dinero y protege la información médica de tu ser querido.
- Ningún trámite legítimo en una institución pública requiere pagos "por fuera".
Esta información es general. Para tu caso, busca asesoría legal.
Dónde pedir orientación
- Trabajo social del hospital: trámites, apoyos y albergues.
- Recursos humanos de tu empleo: licencias y permisos.
- PROFEDET (se abre en otra pestaña) o la procuraduría de la defensa del trabajo de tu estado: asesoría laboral gratuita.
- Defensoría pública o clínicas jurídicas universitarias: asesoría legal gratuita.
Preguntas para trabajo social
- ¿Qué servicios y apoyos me corresponden?
- ¿Hay algún costo en mi caso?
- ¿Cómo solicito el resumen clínico?
- ¿Hay albergues o apoyos para traslados?
- ¿Qué asociaciones me recomiendan?
Para profundizar
La licencia para madres y padres de niñas y niños con cáncer se incorporó a la Ley del Seguro Social y a la Ley Federal del Trabajo en 2019. El derecho a recibir un resumen clínico está establecido en la norma oficial mexicana sobre el expediente clínico (NOM-004-SSA3-2012).
Fuentes
- Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Licencia para padres o madres trabajadores asegurados cuyos hijos menores de 16 años hayan sido diagnosticados con cáncer (140 Bis).
- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE). Licencia y subsidio por cuidados médicos oncológicos.
- Secretaría de Salud (México). NOM-004-SSA3-2012, del expediente clínico.
- Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Asesoría y conciliación laboral gratuita.
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